Reglamentaron la ley de servicios de comunicación audiovisual

El Gobierno nacional reglamentó la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, a través de un decreto publicado esta mañana en el Boletín Oficial, que incluye el mecanismo de "desinversión" por el cual las empresas de medios deberán desprenderse en el plazo de un año de señales en caso de que excedan la cantidad máxima permitida.

La norma otorgó amplias facultades a la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA). El decreto permite que la AFSCA disponga la transferencia "de oficio" de señales de un propietario a otro en caso de que el medio no se adecúe a lo que marca la nueva ley en cuanto a cantidad máxima de licencias.

La reglamentación se concretó mediante el decreto 1225/2010, que lleva las firmas de la presidenta Cristina Kirchner y del jefe de Gabinete, Aníbal Fernández.

En su artículo 1º señaló: "Apruébase la reglamentación de la Ley N° 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual, la que como Anexo I, integra el presente decreto".

Además, el Poder Ejecutivo facultó a la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual a dictar "las normas complementarias y aclaratorias de la reglamentación".

En octubre de 2009, el Senado sancionó el proyecto oficialista tras un debate de más de 20 horas, con 44 votos a favor y 24 en contra, con lo que se reemplazó la Ley de Radiodifusión 22.285 que estaba vigente desde la última dictadura militar.

Integrantes del equipo de comunicación del Encuentro de Organizaciones Territoriales de Pueblos Originarios han realizado los aportes necesarios para que los artículos y titulo referido a los pueblos indígenas sea aplicable a partir de la publicación de la reglamentación en el boletín oficial y que se han mantenido reuniones con Gabriel Mariotto , Eduardo Seminara, Claudio Schifer y Manuel Baladron integrantes del directorio del AFSCA para acordar un plan de trabajo en el corto plazo para la adjudicación de autorizaciones.


Fuente: Equipo de Comunicadores/ras

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